jueves, 4 de octubre de 2018

La nueva ley de Protección de Datos prohibirá las grabaciones en zonas de ocio y comedores de las empresas.

La nueva ley de Protección de Datos prohibirá la instalación de sistemas de grabación de sonidos ni de videovigilancia en aquellos lugares destinados al descanso o esparcimiento de trabajadores, tales como comedores, vestuarios o aseos. 

La prohibición, que atañe tanto al sector público como al privado, se incluye dentro de un nuevo artículo previsto para este proyecto de ley, actualmente en tramitación en el Congreso, y que servirá para regular el derecho a la intimidad frente al uso de dispositivos de videovigilancia y de grabación de sonidos en el lugar de trabajo. 

El artículo regula el tratamiento e instalación de estos dispositivos en el lugar de trabajo y limita su utilización en determinadas áreas y a determinadas circunstancias. 

Su inclusión, propuesta por Unidos Podemos y pactada finalmente con el PSOE, ha sido aceptada por unanimidad por el resto de grupos durante la fase de ponencia en la que se encuentra la iniciativa. 

Límites a la grabación de sonidos en el trabajo 

La regulación contemplada en el proyecto de ley permitirá a los empleadores tratar las imágenes obtenidas para el ejercicio de las funciones de control "siempre que estas funciones se ejerzan dentro de su marco legal y con los límites inherentes al mismo". 

Para ello, advierte de que los empleadores deberán informar antes "y de forma expresa, clara y concisa" a los trabajadores y, en su caso, a sus representantes, acerca de esta medida. 

Por otro lado, la ley también limita la grabación de sonidos, ya que solo se admitirá "cuando resulten relevantes los riesgos para la seguridad de las instalaciones, bienes y personas derivados de la actividad que se desarrolle en el centro de trabajo, y siempre respetando el principio de proporcionalidad, el de intervención mínima y las garantías previstas".

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