jueves, 27 de diciembre de 2018

Trabajo y permisos para asistencia a exámenes.

PREGUNTA

Estoy empleada en una empresa del sector alimentario desde diciembre de 2016. Este año he empezado a estudiar una FP de grado superior de la rama de comercio a distancia y por mi horario laboral, mi jefe me dejó salir para realizar un examen en mi turno de trabajo. Mi duda es si de verdad me hace un favor o tengo derecho ha poder ausentarse para hacer esos exámenes y si deberían facilitarme el horario para asistir a tutoria y exámenes. 

RESPUESTA

El Estatuto de los Trabajadores toma posición clara en materia de promoción y formación profesional de los trabajadores, si bien no acaba de crear —al menos en algunos de sus supuestos— derechos subjetivos perfectos que, en un buen número de casos, difiere a la negociación colectiva.

En su caso, el artículo 23 de la citada norma establece en su apartado a) el derecho al disfrute de los permisos necesarios para concurrir a exámenes. Bien es cierto que este derecho tiende a interpretarse de forma un tanto restrictiva a nuestro entender. Tal es el supuesto en los que el permiso se solicita para acudir a exámenes “no liberatorios” entendiendo por tales aquellos que no se configuran en orden a la superación de determinada materia o asignatura.

Siendo su caso, como nos dice, de formación a distancia, lo más probable es que se trate de aquel citado tipo: exámenes liberatorios. Por ello, la concesión del tiempo necesario —aunque no sea del día completo, salvo que así se establezca en el convenio de aplicación— no nos parece discutible.

Junto al especificado permiso, existen otros muy directamente relacionados con la formación del trabajador. Así, la preferencia para elegir turno de trabajo, si tal es el régimen instaurado en la empresa, cuando se curse con regularidad estudios conducentes a la obtención de un título académico o profesional, o la adaptación de la jornada ordinaria de trabajo para la asistencia a cursos de formación profesional.

Por lo tanto, concluimos reforzando su “conciencia”: no hay trato de favor por parte del empresario, cuya colaboración en la formación de sus trabajadores, por otra parte, ensalzamos.

Para una información más detallada, puede dirigirse a cualquiera de nuestras sedes. Localícelas en http://www.ugt.es/sedes

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