Notificación del último fichaje (podrás ver cuándo fue la última vez que fichaste en el terminal).
La terminal se bloqueará ante fichajes sin las 12 horas de descanso, el sistema avisará a partir de qué hora puedes fichar para cumplir con el descanso.
Los sindicatos hemos pedido que se realice un protocolo con objeto de resolver las distintas problemáticas que van a surgir en tienda con este cambio, tanto en la pausa como en los supuestos que el empleado acuda a su puesto de trabajo y no pueda registrar el inicio de su jornada planificada.
Los fines de semana de calidad no disfrutados en 2020: se acumularán para el 2021.
Con respecto al balance de horas anual, tanto positivo como negativo, se liquidará exactamente igual que el año anterior, abonando económicamente los excesos y condonando los faltantes.
Al personal se le hará entrega de su saldo final anual. Los casos excepcionales o no contemplados en el acuerdo serán objeto de revisión por la Comisión Mixta:
También se revisarán, los excesos de aquellos/as trabajadores/as que, habiendo firmado el acuerdo de tiendas de alta actividad, no se les haya compensado durante el periodo de baja actividad, tal y como aplica el acuerdo.
Los domingos y festivos consolidados y no programados serán abonados: Como en años anteriores, todos aquellos DyF consolidados pendientes de realizar a fecha de 31 de diciembre de 2020, serán abonados de acuerdo a lo establecido por la Comisión Mixta. En los supuestos de suspensión temporal del contrato, se tendrá en cuenta este periodo proporcionalmente para su liquidación. En este punto volvemos a denunciar, que los DyF consolidados en una tienda, se deben realizar en dicha tienda, y si esa tienda ha pasado a tener menos aperturas (por decisión de la Empresa) que cuando se consolidó, no se puede obligar al personal a desconsolidar o a que los hagan en otra tienda. Estando la Empresa de acuerdo, nos emplaza a informarle de los casos detectados.
Se detectan casos de empleados que superan el 70% de DyF trabajados según el total de aperturas de su centro, por lo que se emplaza a la Empresa a revisar y justificar estas incidencias, con tal de que no haya excesos fuera de norma. En cualquier caso, se tratarán en una próxima reunión en enero.
Las vacaciones pendientes del 2020, se disfrutarán en 2021: minorando la jornada anual tanto en días como en horas, si bien se hace hincapié en que, salvo por los supuestos previstos legalmente, no deberían quedar saldos de un año para otro. De nuevo volvemos a denunciar las trabas que sufre el personal en la solicitud de vacaciones, imponiendo límites y criterios que nada tienen que ver con la norma establecida en el Convenio o tomando esta como máximo, en vez de como mínimo. Dándonos la Empresa la razón, aconsejamos al personal a hacer caso omiso de “las reglas” que no se ajusten a Convenio y realizar la solicitud por escrito, exigiendo contestación y justificación si son denegadas para proceder a su reclamación.
Los días de libre disposición no disfrutados (DLD´s): serán liquidados siguiendo el mismo criterio que en ejercicios anteriores.
En las plataformas logísticas el personal que tenga un saldo positivo/negativo de jornada a fecha 31 de diciembre de 2020, se procederá de conformidad con lo establecido en el art. 21.7., del Convenio Colectivo de Lidl Supermercados, S.A.U., a su compensación hasta el próximo 28 de febrero de 2021, con el límite de 24 horas, como en años anteriores.
Respecto a las oficinas de Delegación, hasta tanto no se aborden las posibles desviaciones, no podrán ser compensados los saldos de jornada individual existentes a 31 de diciembre de 2020 en el periodo de enero y febrero.
En el caso, que a fecha 28 de febrero de 2021, no hubiera sido posible su compensación, la parte restante o la que exceda del límite de 24 horas en positivo o negativo, serán en su caso abonadas/condonadas.
En cualquier caso, en el supuesto de agotamiento de los días de prestación efectiva anual, si el empleado hubiera seguido prestando servicios voluntariamente, las horas realizadas en dichos días, tendrán el mismo tratamiento previsto que en el acuerdo de ventas.
Se establece una próxima reunión el 20 de enero donde se terminarán de cerrar los temas pendientes de cerrar.
Más información consultando el acta.